Los parados que estén cobrando el desempleo tendrán que presentar la declaración de la renta en 2025
El 2025 ha traído muchas novedades fiscales. Una de las más importantes por la cantidad de personas a las que afecta es la relativa a quienes deben presentar la declaración de la renta este año. Más concretamente, el hecho de que los parados que estén cobrando el subsidio por desempleo tendrán que hacerlo.
Obligatoriedad de presentar la declaración de la renta
La imposición de presentar este documento viene exigida por el Real Decreto Ley 2/2024 de 21 de noviembre. En él se trata de mejorar y simplificar la asistencia por desempleo, al tiempo que se facilita la conciliación familiar de padres y cuidadores.
De este modo, la norma aumenta el colectivo de beneficiarios del subsidio, permite conciliarlo con un sueldo y lo incrementa por tramos. Pero, junto a estas medidas, establece que todos los desempleados que lo cobren tienen que presentar la declaración de la renta con independencia de sus ingresos.
Esto supone un cambio radical respecto a la situación anterior. Antes de la entrada en vigor del decreto, los parados tenían las mismas obligaciones que cualquier otro contribuyente. Por tanto, quedaban exentos de hacer la declaración si sus ingresos anuales no superaban los 22.000 € obtenidos de un solo pagador o los 15.000 € abonados por dos o más.
Entrada en vigor y sanciones por incumplimiento
Como decíamos, la obligatoriedad para los parados de presentar la declaración de la renta ya regirá para la campaña de 2025, pues entró en vigor el pasado uno de noviembre. Los que no lo hagan se expondrán a un doble castigo: les será retirado el subsidio por desempleo y se enfrentarán a posibles sanciones por parte de la Agencia Tributaria.
Por cierto, también los autónomos tendrán que presentar la declaración de la renta en 2025 con independencia de los ingresos que hayan tenido el año anterior. En consecuencia, es importante que, tanto estos como los desempleados, conozcan bien las fechas de la Campaña de la Renta para esta anualidad.
Fechas de la Campaña de la Renta 2025
Este año, la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) podrá presentarse en las siguientes fechas:
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- Comienzo de la campaña por Internet: día 2 Abril de 2025 en la aplicación móvil de Hacienda o en Renta Web.
- Presentación vía telefónica: desde el 6 de Mayo de 2025.
- Petición de cita previa para hacer la declaración: a partir del 29 de Abril y hasta el 29 de Junio de 2025.
- Presentación de modo presencial: desde el 2 de Junio de 2025.
Asimismo, el límite para presentar las declaraciones que salgan a ingresar y se domicilien será el 25 de junio. Finalmente, la campaña terminará el 30 de junio de 2025.
En conclusión, los desempleados que cobren el subsidio por desempleo tienen que presentar la declaración de la renta en 2025. De no hacerlo, perderán ese ingreso y se expondrán a una multa. Por tanto, si tiene alguna duda sobre este tema o respecto a cualquier otro de tipo fiscal o laboral, consúltenos en nuestras oficinas de Oviedo o Gijón.
Fuente: Espacio Pymes.