La Justicia decide anular una liquidación de Hacienda que se notificó en dirección incorrecta
Es muy infrecuente que La Justicia decida anular una liquidación de Hacienda. Sin embargo, como se ha visto recientemente en la Comunidad Autónoma de Murcia, lo hace en algunos casos, sobre todo, por errores en el domicilio del declarante. Esto refuerza la protección de este ante el organismo tributario.
La sentencia que anula la liquidación efectuada por Hacienda
El dictamen que nos ocupa ha sido promulgado por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM). La anulación afecta a una liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados que sumaba 20 483.85 euros.
La sentencia que declara nula esa liquidación se fundamenta en que la notificación de esta se hizo en un domicilio incorrecto, lo cual, por falta de comunicación personal, habría provocado indefensión para la contribuyente afectada.
La Agencia Tributaria intentó notificarla en varios domicilios. Sin embargo, ante lo fallido de estos intentos, decidió hacerlo a través del Boletín Oficial del Estado. Pero, según la sentencia, no actuó con la diligencia debida porque todas las direcciones eran erróneas. Concretamente, introducía datos equivocados sobre la escalera, el piso (se trataba de una vivienda unifamiliar) e incluso el código postal.
Y todo ello a pesar de que el Servicio Tributario de Cartagena, donde se hallaba la propiedad, tenía la dirección correcta. De hecho, estaba a su disposición tanto en el Padrón Municipal como en los propios datos que aparecían en el expediente. Incluso se habían realizado ya notificaciones en el domicilio correcto anteriormente. Como decíamos, todas estas circunstancias provocaron indefensión en la declarante.
Consecuencias de la decisión del TSJ de la Región de Murcia
La contribuyente había reclamado contra la Agencia Tributaria. Pero el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Murcia (TEAR) había desestimado su demanda por considerarla extemporánea. Sin embargo, el dictamen del TSJRM anula esa resolución.
En concreto, decreta que el citado Tribunal Económico-Administrativo admita a trámite la solicitud de la declarante y resuelva sobre el asunto atendiendo a su fondo. No obstante, esta sentencia todavía puede ser recurrida ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo.
De cualquier modo, lo que afirma el dictamen del tribunal murciano viene a demostrar que, en algunos casos, la Agencia Tributaria actúa con dejación de funciones. Para no esforzarse en buscar datos que ya tiene en su poder, recurre al método fácil de publicar sus liquidaciones en el Boletín Oficial del Estado. Y esto provoca indefensión en los contribuyentes e incluso podría vulnerar la protección de datos personales.
En conclusión, el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha decidido anular una liquidación de Hacienda por haber vulnerado el derecho de defensa de la contribuyente. Ahora tendrá que volver a estudiarse la reclamación de esta ante el Tribunal Económico-Administrativo. Si se encuentra en una situación parecida o tiene cualquier duda de tipo fiscal o laboral, consúltenos en nuestras oficinas de Oviedo o Gijón. Nos encantará atenderle.
Fuente: Espacio Pymes.