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Recuperación del IVA en casos de impago del deudor

Cuando un deudor no paga una factura, es esencial que las empresas conozcan el proceso para recuperar el IVA repercutido, algo que una asesoría fiscal puede facilitar considerablemente. A continuación, te detallamos los pasos a seguir en estas situaciones.

La normativa permite reducir la base imponible del IVA cuando, después de un año desde el devengo de la operación, no se ha recibido el pago. Para empresas con una facturación inferior a 6.010.121,04 euros, este plazo se acorta a seis meses. Contar con el apoyo de una asesoría fiscal puede ser clave para gestionar este proceso de forma correcta y dentro de los plazos establecidos.

Requisitos para recuperar el IVA en caso de impago:

  1. Plazo y emisión de la factura rectificativa: Transcurrido un año desde el devengo de la operación, se puede emitir una factura rectificativa. La empresa tiene tres meses para realizar este trámite, o seis meses si su facturación es inferior a 6.010.121,04 euros. Una asesoría fiscal te ayudará a asegurarte de que la factura rectificativa se emite correctamente y dentro del tiempo requerido.
  2. Condiciones del destinatario: Si el deudor es un empresario o profesional, no hay un importe mínimo para la operación. En el caso de que el destinatario sea un particular, la base imponible sin IVA debe ser mayor a 300 euros para proceder con la recuperación del impuesto. Una asesoría fiscal puede verificar si se cumplen estos requisitos. Para más detalles, puedes consultar las normas aplicables al IVA.
  3. Reclamación oficial: Es imprescindible haber realizado una reclamación formal al deudor, ya sea mediante un proceso judicial o mediante un requerimiento notarial. Aquí también resulta útil contar con el respaldo de una asesoría fiscal para asegurar que se cumplen todas las formalidades

Procedimiento para recuperar el IVA:

Una vez transcurridos los seis meses o el año desde el devengo de la operación, se debe emitir la factura rectificativa y enviarla al deudor. Esta factura anula el IVA repercutido, de forma que el deudor solo adeuda el importe principal de la operación.

En el mes siguiente a la emisión de la factura rectificativa, es necesario comunicarla a la Agencia Tributaria electrónicamente, confirmando que se cumplen todos los requisitos y que el deudor no está en concurso de acreedores. Si este fuera el caso, la factura rectificativa debe emitirse antes de la declaración de concurso. La ayuda de una asesoría fiscal puede ser clave para evitar errores en este proceso.

Finalmente, la factura rectificativa debe incluirse en la declaración trimestral de IVA, contabilizándose como una reducción del impuesto soportado. Todas las operaciones también deberán estar registradas correctamente en el libro de facturas emitidas. Contar con una asesoría fiscal asegura que estos trámites se realicen de manera eficiente y sin contratiempos.

Detalles que debe contener la factura rectificativa:

La factura debe indicar la base imponible y la cuota rectificada, ya sea reflejando directamente la cantidad corregida (positiva o negativa), o los valores resultantes tras la rectificación. Además, es obligatorio describir la causa de la rectificación, incluir los datos identificativos y las fechas de las facturas corregidas. Una asesoría fiscal puede supervisar este proceso y asegurarse de que todo esté en orden para evitar posibles sanciones.

Fuente: Espacio Pymes.