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¿Qué es la nueva cuota de solidaridad de las pensiones y cómo funciona?

Desde el pasado uno de enero de 2025 está en vigor la llamada cuota de solidaridad, que aparece regulada en el Real Decreto 322/2024. Se trata de una modificación del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social que busca ayudar a financiar las pensiones. Vamos a ver en qué consiste.

¿Qué es la cuota de solidaridad?

Es una cotización adicional que se aplica a aquellos salarios que excedan la base máxima. Esta cantidad que la superaba no estaba sujeta a contribución a la Seguridad Social. Pero la nueva cuota no supone incremento de las pensiones para quienes la abonen, pues no mejora la base reguladora.

Como decíamos, la finalidad de esta cuota es añadir más ingresos a la bolsa de las jubilaciones para mejorar su estado financiero. Por tanto, no es un pago contributivo, sino distributivo. En otras palabras, busca una financiación más equilibrada de las pensiones, de forma parecida al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI).

¿Quiénes están obligados a pagar esta cuota?

Solo tienen que abonarla quienes sobrepasen la base máxima de cotización prevista en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada año. Se aplicarán distintos porcentajes en función de la cantidad en la que se supere dicha base. Además, esta norma solo afecta a los trabajadores por cuenta ajena y a los incluidos en el Régimen de Trabajadores del Mar tanto por cuenta propia como ajena. De momento, los cotizantes en el de Autónomos no tendrán que pagarla.

Pero este pago de solidaridad no corre a cargo íntegramente de los empleados. La gran mayoría del abono tienen que hacerlo las empresas que los han contratado según las mismas normas que rigen la cotización por contingencias comunes. En otras palabras, el empresario paga, aproximadamente, el 83 % de la cuota, mientras que el trabajador abona el 17.

¿Cómo se realiza el cálculo de la cuota de solidaridad?

La norma establece los tipos que se aplican para calcular esta cuota en 2025 y que dependen de la cantidad que exceda la base máxima de cotización. Son los siguientes:

    1. Cuando se exceda hasta un 10 % la base máxima (hasta 5399,9 euros al mes): tipo del 0,92 %.
    2. Si se excede la base entre un 10 y un 50 % (entre 5399,9 y 7363,5 euros) : tipo del 1 % de cotización adicional.
    3. Cuando el exceso supere el 50 % de la base máxima (sobrepase los 7363,5 euros): porcentaje del 1,17 %.

No obstante, estos tipos irán aumentando progresivamente hasta 2045. Este último año serán respectivamente, del 5,5, el 6 y el 7 %. Pero, por ejemplo, en 2026, se aplicarán porcentajes del 1,15, del 1,25 y del 1,46 % y, en 2027, serán del 1,38, del 1,50 y del 1,75 %.

En conclusión, la cuota de solidaridad ya ha entrado en vigor. Su objetivo es mejorar la salud financiera de la bolsa de las pensiones y funciona como hemos explicado. No obstante, si tiene alguna duda respecto a este tema o a cualquier otro de tipo fiscal o laboral, consúltenos en nuestras oficinas de Oviedo o Gijón. Estaremos encantados de atenderle.

Fuente: Wolters Kluwer.