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Qué es el régimen de franquicia del IVA

El régimen de franquicia del IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) aún no se aplica en España. Sin embargo, sería muy beneficioso para autónomos y microempresas, que verían simplificadas sus obligaciones fiscales y administrativas. A continuación, vamos a ver en qué consiste este régimen y por qué no se aplica en nuestro país.

¿En qué consiste en régimen de franquicia del IVA?

Se trata de una norma ya prevista en la Directiva 2006/112/CE de la Unión Europea sobre este impuesto y modificada en la homónima Directiva (UE) 2020/285. En esta se permite a los Estados miembros implementar un régimen de IVA especial de franquicia para autónomos y pequeñas empresas.

Concretamente, podrían acogerse aquellos cuyo volumen de fracturación bruto no supere los 85 000 euros al año. Asimismo, ofrece las siguientes ventajas:

  • El autónomo o pequeño empresario no tiene que repercutir el IVA en sus facturas. Sin embargo, el sujeto fiscal tampoco puede deducirse el soportado.
  • Se trata de un régimen opcional. Se puede renunciar a él y tributar el IVA en el Régimen General.
  • Reduce al mínimo las obligaciones formales ya que no requiere de libros de registro ni de declaraciones periódicas.

En cualquier caso, la cifra de 85 000 euros es orientativa. Como veremos a continuación, la mayoría de los Estados aplican una franquicia bastante más baja.

¿Dónde se aplica este régimen?

El régimen de franquicia del IVA ya se ha implementados en la inmensa mayoría de los Estados miembros de la Unión Europea. Cada uno de ellos ha elegido los límites de operaciones. Por ejemplo, en Austria es de 30 000 euros, mientras que en Grecia es de 10 000 y en Francia de 82 800.

Solo Países Bajos y España se resisten a aplicar esta modalidad de IVA. En nuestro país se mantiene el proceso de negociación entre el ministerio de Hacienda y los agentes sociales.

Como es lógico, esto supone un agravio comparativo para los autónomos y pequeños empresarios españoles respecto a los de otras naciones de la Unión Europea. Pero también lo es respecto a entidades de mayor tamaño, puesto que soportan las mismas obligaciones formales que estas.

Inexistencia del régimen de franquicia: el coste para autónomos y pequeñas empresas

La Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) ha estudiado el impacto que tiene para sus asociados la no implementación en España de este régimen de IVA. Según ella, hasta 770 000 de ellos podrían acogerse al de franquicia si se hubiese desarrollado.

Pero aún más impresionantes son las cifras económicas. El colectivo ahorraría con él más de 500 millones de euros al año. A su vez, serían unos 660 anuales por autónomo que se desglosarían en 300 por gastos administrativos y 360 estimadas por el tiempo dedicado al tributo.

Por el contrario, según la propia organización, la instauración del régimen de franquicia del IVA supondría para el estado unas pérdidas de entre 625 y 650 millones de euros al año.

En conclusión, el régimen de franquicia del IVA tendrá que acabar aplicándose en España. Pero, si tiene alguna duda respecto a este tema o a cualquier otro de tipo fiscal o laboral, consúltenos en nuestras oficinas de Oviedo o Gijón. Nos encantará atenderle.

Fuente: Espacio Pymes.