Novedades fiscales para el cierre de 2025
Se aproxima el final de 2025. Tanto particulares como empresas deben conocer las novedades fiscales para cumplir la normativa, pero también con objeto de aprovechar las oportunidades de desgravación que les ofrecen.
Se trata, en definitiva, de realizar una buena planificación tributaria. A continuación, vamos a repasar algunas de las principales novedades que afectan tanto al Impuesto de Sociedades (IS) como al Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas (IRPF).
Cambios en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Entre las modificaciones y prórrogas que se añaden a este tributo de cara a la declaración de 2026 se hallan algunas importantes como estas:
- Se introduce una nueva deducción por rendimientos del trabajo para quienes tengan ingresos inferiores a 18 276 €. De esta forma, se suaviza la carga fiscal para las rentas más bajas.
- Se han clarificado los criterios que afectan a las rentas exentas. Entre ellas, las indemnizaciones por despido, responsabilidad civil o anualidades para alimentos. Con ello se evitan distintas interpretaciones.
- Se ha prolongado la deducción por compra de vehículos eléctricos y la de instalación de puntos de carga hasta el 31 de diciembre de 2025. Se trata de deducciones del 15 % para potenciar la movilidad sostenible.
Modificaciones en el Impuesto de Sociedades
También el impuesto que afecta a las sociedades mercantiles presenta algunos cambios. Principalmente, buscan incentivar que se reinviertan los beneficios para consolidar la fortaleza económica de las empresas. Entre esas novedades, destacan las siguientes:
- Se refuerza la reserva de capitalización. La deducción en la base imponible del IS por la aportación de fondos propios pasa del 10 al 20 %. Incluso, cuando la empresa aumente plantilla, puede llegar al 30 %.
- Se establecen nuevos tipos de gravámenes y de tributación mínima. Continúa el general del 25 %, pero se ajustan los reducidos para microempresas y entidades de pequeña dimensión. En este sentido, dentro del régimen transitorio hasta 2029, se crean fijos progresivamente decrecientes para estas empresas con objeto de facilitar su adaptación al nuevo entorno fiscal.
- Se incluye una cuota mínima del 15 % para grandes empresas.
El sistema Veri*Factu
Con todo, la principal novedad a la que tendrán que hacer frente autónomos y pymes de cara al próximo año es la introducción del sistema Veri*Factu. Es un método de emisión de facturas verificables (de ahí su nombre) impulsado por la Agencia Tributaria.
Asimismo, las empresas con facturación superior a los ocho millones de euros tienen de plazo hasta el uno de enero de 2026 para adaptarse a este sistema. En cambio, las entidades que facturen menos y los autónomos deben ajustarse a él antes del uno de julio del próximo año.
Todos estos cambios propician un nuevo escenario normativo que obliga a las empresas a revisar su planificación fiscal con fines estratégicos.
En conclusión, se han producido novedades fiscales que es necesario conocer para optimizar el pago de tributos. No obstante, si tiene alguna duda respecto a este tema o a cualquier otro de tipo fiscal o laboral, consúltenos en nuestras oficinas de Oviedo o Gijón. Estaremos encantados de atenderle.
Fuente: Espacio Pymes.