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Novedades en las cotizaciones a la Seguridad Social para 2026

Las cotizaciones a la Seguridad Social y otras cuotas vinculadas experimentarán ciertos cambios en 2026. Algunos de ellos, ya han sido promulgados en el Real Decreto Ley 16/2025 de 23 de diciembre, mientras que otras aún se mantienen como proyectos.

Entre las que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha incluido se hallan el incremento de la base máxima de cotización, del Mecanismo de Equidad Intergeneracional y de la cuota adicional de solidaridad. Vamos a analizar cómo quedan estos puntos.

Las bases de cotización a la Seguridad Social

Cabe recordar que llamamos base de cotización al salario bruto de un trabajador, que incluye el neto, las pagas extraordinarias, las horas trabajadas fuera de horario y las vacaciones retribuidas y no disfrutadas.

El próximo año, la base máxima de cotización se incrementa un 3.9 %. Este porcentaje es fruto de sumar la subida del Índice de Precios al Consumo (2,7 %) y el factor fijo adicional del 1,2 %. De este modo, la base máxima queda en 5101,2 euros al mes, es decir, 61 214 anuales.

En cuanto a las bases mínimas, aún no se han concretado. Se espera para ello a que se determine la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Por el momento, esta base se mantiene en 1381,2 euros mensuales o 16 574,4 al año. Pero subirá en función del incremento del citado SMI.

Subida del Mecanismo de Equidad Intergeneracional

El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) entró en vigor el año 2023 y se prolongará hasta 2050 con el objetivo de crear un fondo que auxilie al sistema español de pensiones. Tal como estaba previsto, en 2026 pasará del 0,80 al 0,90 %. De este porcentaje, el 0,70 % será a cargo de la empresa, mientras que el 0,15 % lo abonará el trabajador.

Incremento de la Cuota de Solidaridad

También la Cuota de Solidaridad forma parte las cotizaciones a la Seguridad Social y del sistema de protección de las jubilaciones. En este caso, se trata de una aportación adicional que se aplica a los sueldos de los trabajadores por cuenta ajena que excedan la base máxima de cotización.

En función del porcentaje en que la superen, se aplican distintos índices. Como ya hemos dicho, esa base será, en 2026, de 5101,2 euros al mes y los signos estos:

  • Exceso sobre la base máxima de entre el 0 y el 10 %: la cotización adicional será del 1,15 %.
  • Exceso de entre el 10 y el 50 %: se sumará un añadido del 1,25 %.
  • Más de un 50 % de exceso: el índice será del 1,46 %.

Por ejemplo, imaginemos que un sueldo es de 5400 euros. Supera la base máxima de cotización en 298,8 euros. Como no supera el 10 %, esta última cuantía tendrá un gravamen adicional del 1,15 %, es decir, pagaría 3,44 euros más.

Es importante explicar, finalmente, que tanto la Cuota de Solidaridad como el MEI tienen una finalidad recaudatoria, es decir, no generan incrementos en la pensión.

En suma, estas son algunas de las novedades en las cotizaciones a la Seguridad Social para 2026. No obstante, si tiene alguna duda respecto a este tema o a cualquier otro de tipo fiscal o laboral, consúltenos en nuestras oficinas de Oviedo o Gijón. Estaremos encantados de atenderle.

Fuente. Espacio Pymes.