La Justicia sanciona a un abogado por generar citas falsas con Inteligencia Artificial
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha impuesto una multa de 840 euros a un letrado por incluir citas falsas generadas por Inteligencia Artificial en uno de sus recursos. La resolución se dictó el nueve de julio de 2026 e incluía su traslado al Colegio de Abogados de Lanzarote, al que pertenece el multado, para que se le apliquen los debidos efectos disciplinarios.
La resolución del tribunal
El incidente comenzó cuando el profesional en cuestión presentó el escrito de apelación 128/2025 en uno de los casos que llevaba. La Sala comprobó que contenía resoluciones atribuidas tanto al Tribunal Supremo como al Constitucional que, o bien no se correspondían con sentencias reales, o bien no manifestaban lo que se les atribuía.
Entonces, abrió pieza separada y encargó un estudio al Servicio de Documentación y Bibliotecas del Tribunal. Este concluyó que el escrito del letrado contenía treinta y dos citas de jurisprudencia y que, con la sola excepción de una, todas las demás no coincidían ni en fecha, ni en número, ni en su literalidad con lo alegado en el escrito.
Más aún, en algunos casos, las sentencias citadas no abordaban la materia a la que se las asociaba. Como resultado, el informe técnico concluía que la única explicación posible era que, al menos, muchas partes del texto presentado por el abogado se hubieran generado mediante Inteligencia Artificial y que este no las hubiera revisado antes de presentarlo.
Permitido el uso de la IA, pero con responsabilidad humana
Es importante señalar que el Tribunal canario no prohíbe el uso de la Inteligencia Artificial. Indica en su resolución que puede ser un apoyo para la abogacía, pero siempre ha de tratarse de un complemento, no reemplazar el trabajo de los profesionales del Derecho.
En este sentido, el contenido del escrito sigue siendo responsabilidad del letrado que lo firma y este debe comprobar su veracidad antes de presentarlo. Para su resolución, la Sala canaria se ha basado en el Libro Blanco sobre Inteligencia Artificial y Abogacía publicado por el Consejo General de la Abogacía Española y en la Instrucción 2/2026 del Consejo General del Poder Judicial.
La infracción del letrado
De acuerdo con todo ello, el Tribunal considera vulnerada la buena fe procesal, así como los deberes de veracidad, lealtad y respeto a la Sala con que deben manejarse todos los profesionales que interactúan con los organismos judiciales.
Entre otros, considera que se han vulnerado artículos de la Ley de Enjuiciamiento Civil, de la Ley Orgánica del Poder Judicial y del Estatuto General de la Abogacía, así como varios preceptos del Código Deontológico.
También distingue entre el error material disculpable (confundir una fecha) y la conducta del letrado en cuestión, que ha sido reproducir textos entrecomillados y resaltados dándolos por auténticos cuando eran falsos.
En conclusión, se puede utilizar la Inteligencia Artificial en la actividad jurídica. Pero siempre con supervisión del profesional del Derecho que la protagoniza. Respecto a cuestiones fiscales o laborales, consúltenos en nuestras oficinas de Oviedo o Gijón. Nos encantará atenderle.
Fuente: Iberley.