Declaración de despido nulo: consecuencias y cálculo de la indemnización
Un despido puede ser declarado nulo cuando se produce una vulneración de derechos fundamentales o cuando ocurre durante períodos protegidos, como la suspensión del contrato por maternidad, adopción o el cuidado de menores. También es nulo si se lleva a cabo en fraude de ley.
Cuando un juez determina que el despido es nulo, la empresa está obligada a reincorporar al trabajador de inmediato, debiendo abonar los salarios que este dejó de percibir desde la fecha del despido hasta su readmisión. En casos excepcionales, como el cierre de la empresa, cuando la readmisión no es posible, se otorga una indemnización en lugar de la reincorporación.
La readmisión debe realizarse bajo las mismas condiciones que existían antes del despido. Si el puesto original ha sido eliminado, la empresa está obligada a ajustar su estructura organizativa para ofrecer un nuevo puesto que el trabajador tiene derecho a ocupar.
El despido se considera nulo por violaciones de derechos fundamentales en diversos escenarios, como cuando se despide a un empleado por ejercer su derecho a la tutela judicial, por razones relacionadas con el embarazo o la maternidad, o por presentar reclamaciones judiciales contra la empresa. También es nulo si se excluye a un trabajador de futuras contrataciones tras haber ejercido sus derechos.
En situaciones de acoso laboral, sexual o por razón de género, el trabajador tiene la opción de extinguir la relación laboral, recibiendo la indemnización correspondiente junto con los salarios dejados de percibir. Este tipo de situaciones es común en asesorías laborales en Gijón, Oviedo o Asturias, donde la correcta gestión legal es crucial para garantizar los derechos de los empleados.
Despido nulo durante la suspensión del contrato
El despido se considera nulo cuando ocurre durante la suspensión del contrato por maternidad, adopción, riesgo durante el embarazo o lactancia, o por enfermedades derivadas de estas situaciones. También es nulo si el despido se notifica durante estos períodos o dentro de los 12 meses posteriores a la reincorporación al trabajo tras la suspensión. En las asesorías laborales en Asturias se gestionan casos de este tipo con frecuencia, asegurando la correcta protección de los trabajadores.
¿Qué sucede si la empresa alega que la readmisión no es posible?
Si la empresa argumenta que la readmisión no es viable, ya sea por la desaparición del puesto o por el cierre de la empresa, la relación laboral se extingue. En este caso, el trabajador tiene derecho a recibir una indemnización y los salarios dejados de percibir. Además, si se demuestra una vulneración de derechos fundamentales, es posible que se conceda una compensación adicional por daños y perjuicios.
Indemnización tras la declaración de despido nulo
En algunos casos, se puede establecer una indemnización por daños morales si el despido vulneró derechos fundamentales. La cuantía de esta indemnización no sigue una fórmula específica y depende del criterio del juez, teniendo en cuenta la gravedad de los daños causados.
Si la readmisión no es posible, como cuando el empresario fallece o la empresa cierra, la ley establece la extinción de la relación laboral, con derecho a recibir una indemnización similar a la de un despido improcedente: 33 días de salario por año trabajado, o 45 días por año para el tiempo anterior a febrero de 2012, con un límite de 24 mensualidades. En las asesorías laborales en Oviedo se asesora a los trabajadores para calcular de manera adecuada estas indemnizaciones, incluyendo los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la resolución del caso.
Fuente: Espacio Pymes.