¿Cuándo será obligatoria la factura electrónica para las pymes?
La Ley 18/2022 de Creación y Crecimiento de Empresas, popularmente conocida como Ley Crea y Crece, fue aprobada hace dos años. Pretende agilizar la constitución y el funcionamiento de las pymes al tiempo que fomenta su competitividad y digitaliza la economía. Por ello, una de sus figuras estrella es la facturación electrónica, aunque esta todavía no ha entrado en funcionamiento.
La factura electrónica: entrada en vigor
Mientras que la citada ley ya está en vigor, este modelo de facturación todavía espera por su reglamento para convertirse en obligatorio. Se espera que la normativa se apruebe en lo que queda de 2024. A partir de entonces, las empresas tendrán un plazo para aplicarlo que dependerá de su facturación según el siguiente criterio:
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- Entidades que facturan más de ocho millones de euros al año: tendrán un año para implementar la factura electrónica.
- Empresas con menor facturación y autónomos: su plazo será de dos años.
Con arreglo a todo ello, se espera que este modelo de factura sea de plena aplicación en 2026. Aumentará la transparencia y dificultará el fraude fiscal. Además, al automatizar el proceso de facturación, permitirá a las empresas evitar errores y acelerar los tiempos de cobro.
Asimismo, la factura informatizada permitirá un mejor control y seguimiento de las transacciones. Esto facilitará la gestión financiera de las pymes, al tiempo que las ayuda a evitar sanciones tributarias.
Opción de implementar ya la factura electrónica
Aunque todavía no es obligatoria, las empresas ya pueden utilizar este tipo de factura. No obstante, deben hacerlo siguiendo las normas que establece la Ley Crea y Crece. Como primer paso, han de instalar un software de facturación electrónica y formar a sus trabajadores en su uso.
Este software debe estar certificado por la Agencia Tributaria o cumplir los requisitos fijados en el Real Decreto 1007/2023. Igualmente, el programa tiene que garantizar la integridad de los datos, de tal forma que no puedan modificarse una vez se ha emitido la factura.
También debe permitir el seguimiento de todo el proceso de facturación, desde la emisión del documento hasta el cobro y ser lo bastante seguro para proteger los datos. Por último, el software ha de ser capaz de integrarse con otros sistemas de gestión empresarial para optimizar la automatización de procesos y debe ser actualizado regularmente para cumplir hipotéticos cambios en las leyes.
Por su parte, también la factura electrónica tiene que cumplir algunos requisitos básicos. Los principales son los siguientes:
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- Llevar un código alfanumérico identificativo y otro de tipo QR que permita verificarla por parte de Hacienda.
- Tener formato accesible para todos los usuarios. Por ejemplo, XML o PDF.
- Ser inalterables y legibles para cualquier usuario.
- Incluir frases como “factura verificable en la sede electrónica de la Agencia Tributaria”.
- Conservarse de forma segura durante cinco años.
En conclusión, la factura electrónica aún no está en vigor. Pero las empresas ya pueden anticiparse e implementarla, aunque siempre cumpliendo los citados requisitos. En todo caso, si tiene alguna duda sobre este o cualquier otro tema de tipo fiscal o contable, consúltenos en nuestras oficinas de Oviedo o Gijón. Estaremos encantados de atenderle y aclarársela.
Fuente: Espacio Pymes.