¿Cómo se realiza la adjudicación de contratos públicos a empresas y profesionales?
Obtener la adjudicación de contratos públicos es una magnífica opción para el crecimiento de las empresas y los profesionales. No obstante, para conseguirlos se necesita conocer la legislación y los procesos mediante los que se ejecuta su concesión. A continuación, vamos a explicarlos con carácter general.
Normativa en la adjudicación de contratos públicos
La concesión de trabajos por parte de la Administración está regida por la Ley de Contratos del Sector Público. En esta se contempla como vía ordinaria de adjudicación los siguientes procedimientos:
- Procedimiento abierto. Todas las empresas que cumplan los requisitos del pliego de condiciones pueden presentar su oferta.
- Procedimiento restringido. Consta de dos fases. En la primera, todas las entidades pueden enviar sus ofertas. Pero, en la segunda (o restringida), solo las seleccionadas tienen la opción de presentar sus propuestas.
Sin embargo, en situaciones más complejas o específicas, se pueden utilizar el procedimiento negociado, en el cual la Administración pacta las condiciones con el licitador, y su variante, el diálogo competitivo.
Exigencias que deben cumplirse en las ofertas
Las empresas y profesionales que quieran obtener un contrato público deben cumplir varios requisitos. En primer lugar, tienen que probar que no incurren en las prohibiciones de contratación que marca la ley. También han de comprometerse a cumplir las condiciones del pliego y, sobre todo, acreditar su aptitud para desarrollar esos trabajos.
En tal sentido, las entidades y profesionales deben cumplir dos tipos de solvencia:
Solvencia técnica. Tienen los medios, el conocimiento y la experiencia necesarios para ejecutar con todas las garantías los trabajos pactados en el contrato.
Solvencia económica. Pueden afrontar los costes financieros inherentes al contrato incluso antes de percibir los pagos de la Administración.
Cómo participar en la licitación de contratos públicos
Actualmente, la inmensa mayoría de licitaciones públicas se realizan por vía telemática. Tanto la presentación de la oferta como la documentación que la acompaña tienen que ajustarse estrictamente a lo indicado en los pliegos.
Una vez todos los candidatos han aportado sus ofertas, la Administración decide cuál es la ganadora. Para ello, se vale, principalmente, de dos posibilidades. Una es la licitación con un solo criterio. En este caso, debe estar vinculado a los costes. Buenos ejemplos son elegir el precio más bajo o la mejor rentabilidad.
La segunda es la licitación con varios criterios. En esta circunstancia, la ley obliga a que se escojan aquellas ofertas evaluables mediante cifras o porcentajes. Sin embargo, hay algunas excepciones en las que podrán cuantificarse a través de un juicio de valor del organismo técnico.
Resolución de empates
Si se diera empate entre dos o más propuestas, se elegirá la que proceda de empresas con mayor valor social. Por ejemplo, las que cuenten con más trabajadores con discapacidad de los que exige la normativa.
Por otra parte, en ocasiones se dan ofertas anormalmente bajas. También se regula qué hacer con ellas en la ley. Por ejemplo, cuando concurran cuatro o más entidades a la licitación, aquellas que presenten una propuesta el 10 % más baja respecto de la media aritmética de las otras podrán ser excluidas.
En conclusión, este es el mecanismo de adjudicación de contratos públicos. No obstante, si tiene alguna duda respecto a este tema o a cualquier otro de tipo fiscal o laboral, consúltenos en nuestras oficinas de Oviedo o Gijón. Nos encantará atenderle.
Fuente: Espacio Pymes.