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¿Cómo hacer legalmente un préstamo entre familiares o particulares para poner un negocio?

Lo primero que necesita una persona que va a montar un negocio es capital. Si carece de él y las entidades bancarias no se lo facilitan, debe recurrir a un préstamo entre familiares o particulares como fórmula alternativa al crédito tradicional. Pero esta modalidad también tiene que seguir unas pautas legales para cumplir con las leyes.

Qué es un préstamo entre familiares o particulares y diferencia con la donación

Por tanto, un préstamo entre familiares o particulares es el que una persona concede a otra sin intermediación de una entidad bancaria. Por ejemplo, estaríamos ante él cuando se deja dinero a otro para hacer frente a una necesidad puntual o, justamente, para que ponga un negocio.

No debe confundirse con la donación. Esta se realiza a fondo perdido, mientras que el préstamo implica la obligación de devolver el dinero que se cede, según lo acordado entre las partes. Además, una y otro tienen distinto tratamiento fiscal. La primera está sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), mientras que los préstamos entre familiares o particulares tributan por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD).

¿Cómo se formaliza este tipo de préstamo? Documentación a aportar

Aunque se trate de un pacto entre particulares, esta modalidad de préstamo tiene que formalizarse mediante contrato. No obstante, puede ser público, firmado ante notario, o privado, con la sola presencia de las partes. Como en cualquier otra operación, el contrato sirve para certificar la existencia del crédito e impedir, así, problemas entre los firmantes.

De acuerdo con ello, este documento tiene que especificar todo lo relativo al préstamo. En él deben figurar los datos de prestador y prestatario, así como la cuantía del crédito. Pero también tienen que aparecer el tipo de interés (en caso de que no lo haya, se indicará que es cero), el plazo en que debe devolverse y la forma de amortización. Finalmente, han de figurar las garantías y lo que sucedería en caso de incumplimiento del contrato.

Asimismo, este debe presentarse en la Agencia Tributaria en un plazo de treinta días desde su firma acompañado del modelo 600 del citado ITP y AJD. Puede hacerse tanto presencial como telemáticamente y hay que añadir el justificante de pago del impuesto. No obstante, el importe de este suele ser cero, salvo que el préstamo se encuentre vinculado a otros actos jurídicos como, por ejemplo, la constitución de una hipoteca.

Con este trámite, se justifica la operación como un crédito. Así, la Agencia Tributaria no puede considerarlo una donación encubierta y exigir el pago del ISD.

En conclusión, el préstamo entre familiares o particulares es una forma de financiación alternativa a la banca tradicional. Pero también debe cumplir los requisitos legales que acabamos de explicar. En cualquier caso, si tiene alguna duda sobre este tema o sobre otros de tipo fiscal y laboral, no dude en consultarnos en nuestras oficinas de Oviedo o Gijón. Estaremos encantados de atenderle.

Fuente: Espacio Pymes.