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¿Cómo afecta el desempleo a la pensión de jubilación?

La situación de desempleo limita los recursos económicos de quien la padece. Incluso, de prolongarse, conlleva dificultades financieras importantes. Pero, además, tiene consecuencias de cara a la pensión de jubilación. Seguidamente, vamos a ver cómo la afecta.

Trabajadores que reciben la prestación contributiva por desempleo

En primer lugar, tenemos que diferenciar entre trabajadores que reciben la prestación contributiva o el subsidio por desempleo. Es decir, si perciben el paro propiamente dicho o la ayuda destinada a quienes no tienen derecho a él.

Respecto a la prestación contributiva, es el Servicio Público Estatal de Empleo quien se hacer cargo de las cotizaciones a la Seguridad Social, incluida la destinada a jubilación. Concretamente, abona las correspondientes a la parte empresarial, mientras que retiene la que debe pagar el trabajador.

Otra cuestión fundamental respecto a este tema es la base de cotización que se aplica al desempleado. Para establecerla, se toma la base reguladora de la prestación por paro correspondiente al promedio de las bases de los últimos seis meses en que estuvo ocupado cotizadas por contingencias comunes. Asimismo, la citada base de cotización es independiente del porcentaje de prestación que reciba el trabajador, ya sea esta del 70 %, del 60%, etc.

En este sentido, mientras percibe el paro contributivo, un desempleado cotiza solo por contingencias comunes, es decir:

  • Jubilación.
  • Incapacidad temporal o permanente por enfermedad o accidente no laboral.
  • Asistencia sanitaria.
  • Muerte y supervivencia.

Por tanto, no aporta cotización para desempleo, enfermedades o accidentes profesionales, formación ni Fondo de Garantía Salarial.

Trabajadores que perciben un subsidio

Diferente es el caso de los parados que ya no reciben la prestación por desempleo, sino algún tipo de subsidio. En esta situación, solo el destinado a mayores de 52 años cotiza para la jubilación. Toma como base el 125 % del tope mínimo de cotización que esté vigente en cada momento.

Además, esta aportación es válida para el cálculo de la base reguladora de la pensión y para el porcentaje que le es aplicable. No obstante, el periodo mínimo de cotización para acceder al retiro debe estar acreditado en el momento en que se accede al subsidio.

Otro tipo de auxilios para desempleados como, por ejemplo, el de ayuda familiar, no contribuyen a la pensión de jubilación.

Por otra parte, tanto la prestación como el subsidio por desempleo para mayores de 52 años permiten seguir acumulando años de cotización para el cálculo final de la pensión.

Desempleados que no perciben ninguna ayuda

El periodo en que un trabajador se encuentra en paro sin recibir ningún tipo de ayuda no cuenta como periodo cotizado. Por tanto, generará una laguna a la hora de sumar el tiempo para la pensión de jubilación. Y, lo que es peor, reducirá el importe de esta. Hay que tener en cuenta que, en 2025, para cobrar el 100 % de la base reguladora debe haberse cotizado, al menos, 36 años y seis meses.

En conclusión, el desempleo puede tener graves consecuencias en la pensión de jubilación. Si tiene alguna duda respecto a este tema o a cualquier otro de tipo laboral o fiscal, consúltenos en nuestras oficinas de Gijón u Oviedo. Estaremos encantados de atenderle.

Fuente: Espacio Pymes.