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Autónomos: ¿Cómo desgravar el renting de un vehículo?

Según la legislación española, es posible desgravar el renting de un vehículo por parte de los trabajadores autónomos. Son muchos los que utilizan un coche o una furgoneta para su actividad y, por tratarse de un bien afecto a ella, pueden deducirse los gastos que ocasiona. Vamos a ver cómo hacerlo.

¿Qué es el renting?

En cualquier caso, no estará de más que repasemos en qué consiste el renting de vehículos antes de explicar cómo desgravar sus cuotas. Podemos definirlo como un tipo de alquiler en el cual la propiedad del automóvil es de la empresa que lo arrienda al usuario.

Esta, a cambio de una sola cuota mensual, le permite disfrutarlo con todos los gastos pagados. Es decir, en ese pago van incluidos el seguro, los impuestos o el mantenimiento. Por tanto, ofrece la ventaja de que el arrendador no tiene que hacer frente a otros costes habituales al disponer de un vehículo en propiedad. Pero, sobre todo, no tiene que abonar el precio del automóvil, ni siquiera realizar un pago como entrada.

¿Cómo desgravar el renting de un vehículo?

Contratar un automóvil mediante renting puede facilitar al autónomo un buen ahorro en sus impuestos. Sin embargo, no siempre puede hacerse. La Agencia Tributaria exige varios requisitos para ello. Por ejemplo, un autónomo que trabaja como delineante en su casa no podría desgravar el renting de su coche, ya que no lo utiliza para su labor.

Por tanto, la primera condición para que un autónomo desgrave el renting de su vehículo es que lo utilice con fines profesionales. En este sentido, puede usarlo solamente para su trabajo o hacerlo también en sus días de ocio. Sin embargo, en el primer caso deducirá el 100 % de la cuota, mientras que, en el segundo, solo desgravará el 50 %.

Es fundamental ser honrado sobre esta cuestión, ya que la Agencia Tributaria puede pedirnos pruebas del uso que hacemos del automóvil. Respecto a ello, podemos justificar su uso profesional de varias formas.

¿Cómo justificar la utilización profesional de un vehículo de renting?

En primer lugar, debemos señalar que algunos autónomos no precisan demostrar el uso profesional de su vehículo. Se estima consustancial a la naturaleza de su trabajo. Por ejemplo, los titulares de autoescuelas o los repartidores de paquetería.

En otros casos, es más difícil. Una buena idea es rotular el automóvil con el nombre y los datos del negocio. Además, para desgravar el renting, es importante conservar esta documentación:

    1. Las facturas de las cuotas del renting.
    2. Los documentos contables referentes a los gastos del vehículo. Por ejemplo, facturas de combustible o recibos de aparcamiento.

Cuantías que se pueden deducir y forma de hacerlo

Como decíamos, en función del uso que el autónomo haga del vehículo, podrá desgravar el 100 % o el 50 % del renting. La Agencia Tributaria siempre analizará la relación entre el trabajo del autónomo y el gasto del automóvil. En este sentido, es fundamental que el trabajador pueda demostrar el uso profesional del vehículo.

Por otra parte, las cuotas del renting han de incluirse como deducibles (al 50 o al 100 %) en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Asimismo, podrá desgravarse el IVA de las cuotas.

En conclusión, los autónomos pueden desgravar el renting de un vehículo. Pero, para hacerlo, la transparencia es fundamental. En todo caso, si tiene alguna duda a este respecto o sobre cualquier otro de tipo fiscal o laboral, consúltenos en nuestras oficinas de Oviedo o Gijón. Estaremos encantados de atenderle.

Fuente: Espacio Pymes.