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¿Qué gastos pueden deducirse los autónomos?

Los gastos deducibles son fundamentales para que los autónomos puedan optimizar su fiscalidad. Vienen explicados tanto en la Ley sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como en la del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), así como en sus reglamentos. A continuación, vamos a analizar cuáles son estos gastos deducibles.

Requisitos para deducir un gasto

Al margen de situaciones específicas o más complejas, para poder deducir un gasto deben cumplirse estas condiciones:

  • Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y en la Agencia Tributaria.
  • Haberse acogido al régimen de Estimación Directa, ya sea normal o simplificada.
  • El gasto ha de estar afecto a la actividad, es decir, ser necesario para el desarrollo del trabajo.
  • Que se justifique mediante factura y aparezca en la contabilidad de la empresa.

¿Cuáles son los gastos deducibles más comunes?

Los gastos que pueden deducirse guardan relación con numerosos aspectos de la actividad empresarial. Sin embargo, a veces, Hacienda es restrictiva en cuanto a ellos. De ese modo, algunos costes susceptibles de deducción en las normas legales no se aceptan por la Agencia Tributaria. En todo caso, tienen la consideración de deducibles los que vamos a ver a continuación.

Gastos de explotación

En este epígrafe se engloban las compras de mercaderías y materias primas, pero también otros productos como los embalajes o el material de oficina. En otras palabras, todos los artículos necesarios para el desarrollo de la actividad laboral son deducibles tanto en IVA como en IRPF.

Costes bancarios

A este respecto, son deducibles los intereses de préstamos tanto si se piden para comprar bienes necesarios para la actividad como para solucionar problemas de liquidez. Asimismo, se incluyen en este apartado las comisiones bancarias por distintos motivos. Todos estos gastos pueden deducirse en el IRPF.

Vehículos, combustibles y sus reparaciones

Al margen de los transportistas, que pueden deducirse el 100 % tanto en IRPF como en IVA, otros trabajadores podrán desgravar el 50 % de los gastos en IVA, pero no en IRPF. No obstante, también se aumenta la deducción al 100 % en otras labores como autoescuela o vigilancia.

En el mismo sentido, la Agencia Tributaria es restrictiva con los gastos de viajes. Entre sus requisitos para ser deducibles han de pagarse de forma electrónica o presentarse factura nominal con día y hora en jornada de trabajo.

Costes de oficina

Los autónomos que tengan alquilado un local para su actividad pueden desgravarse el 100 % de sus costes. Esto incluye el alquiler o la hipoteca, pero también la luz, el agua, el teléfono e Internet o el seguro.

Por otra parte, si la sede de su trabajo es su casa, también pueden desgravar un porcentaje de esos gastos. Este ha de coincidir con el tanto por ciento de la vivienda que se considera afecto a la actividad. Asimismo, pueden deducirse otros gastos informáticos como el mantenimiento de la página web o la compra de programas de software. Incluso se desgravan los costes de publicidad.

Gastos de personal, seguros sociales y otros seguros

Los costes del personal afecto a la actividad son deducibles. Esto engloba sueldos, dietas, pagas extra y otras retribuciones en especie, pero también los seguros sociales. Igualmente, es desgravable la cuota de autónomos del titular.

También se deducen las cuotas de ciertos seguros generales como, por ejemplo, los de vida o de mutua médica, ambos con un límite de 500 euros por año.

Otros gastos

Los servicios de asesoría, de abogados o expertos en marketing también son deducibles tanto en IVA como en IRPF. Además, pueden desgravarse los gastos en cursos profesionales y asistencia a congresos del sector, así como el vestuario laboral.

En conclusión, estos son los principales gastos deducibles para el autónomo. De cualquier modo, si tiene alguna duda respecto a este tema o a cualquier otro de tipo fiscal o laboral, consúltenos en nuestras oficinas de Oviedo o Gijón. Estaremos encantados de atenderle.

Fuente: Espacio Pymes.