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Empieza la campaña de la Renta y Patrimonio 2025

El pasado 2 de abril de 2025 comenzó la campaña de la Renta y Patrimonio en la que se declaran los ingresos obtenidos en el ejercicio 2024. Como sucede todos los años, debemos tener en cuenta varias fechas y factores claves para presentar nuestra declaración en plazo. Vamos a verlas.

Obligados a declarar

Es el artículo 96 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas el que determina qué contribuyentes están obligados a presentar la declaración. Con carácter general, tienen que hacerla los siguientes, en función del origen de los rendimientos económicos que hayan obtenido:

1. Rendimientos íntegros del trabajo. Deben presentar la declaración quienes hayan obtenido en 2024 más de 22 000 euros si proceden de un único pagador. En cambio, los que tengan varios pagadores tendrán que presentarla siempre que sus rendimientos superen los 15 876 euros (hay ciertas excepciones).

2. Rendimientos íntegros del capital mobiliario (intereses de cuentas o depósitos, dividendos de acciones, etc.) y ganancias patrimoniales (premios en concursos, etc.). Habrán de presentar declaración cuando superen los 1600 euros anuales.

3. Rentas inmobiliarias imputadas y rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención y otros ingresos patrimoniales derivados de ayudas públicas. Tendrá que presentarse la declaración cuando, en conjunto, superen los 1000 euros anuales.

Por otra parte, los trabajadores autónomos y los afiliados al Régimen de los Trabajadores del Mar estarán siempre obligados a presentar la declaración del impuesto con independencia de los ingresos que hayan obtenido. Asimismo, también deberán presentarla quienes deseen obtener devoluciones derivadas de la normativa del tributo.

Fechas y plazos de la campaña de la Renta y Patrimonio

Como decíamos, la campaña de la Renta empezó el pasado 2 de abril. Se prolongará hasta el 30 de junio del presente año. No obstante, en caso de que el resultado sea a ingresar y quiera domiciliarse el pago, el último día será el 25 de junio (si se domicilia únicamente el segundo pago, podrá presentarse hasta el 30).

Por otra parte, otras fechas clave son las siguientes:

1. Acceso a datos fiscales. Pueden obtenerse desde el pasado 19 de marzo.

2. Asistencia telefónica para elaborar y presentar la declaración. Comienza el 6 de mayo y se prolongará hasta el 30 de junio. Pero la solicitud de cita podrá hacerse entre el 29 de abril y el 27 de junio.

3. Elaboración de declaraciones en las oficinas de la Agencia Tributaria. El pazo será desde el 2 hasta el 30 de junio (solicitud de cita entre el 29 de mayo y el 27 de junio).

Formas de pago

Aquellos a quienes la declaración de la Renta salga a pagar, podrán hacerlo de una sola vez, pero también tienen la opción de fraccionarlo en dos abonos. El primero de ellos debe sumar el 60 % del total a pagar y ha de realizarse en el momento de presentar la liquidación. Por su parte, el segundo será por importe del restante 40 % y se podrá hacer hasta el 5 de noviembre de 2025 inclusive.

En conclusión, un año más ha llegado la campaña de la Renta y Patrimonio. También trae novedades en forma de desgravaciones. Si quiere que nos encarguemos de hacer su declaración, visítenos en nuestras oficinas de Oviedo o Gijón. Nos encantará atenderle.

Fuente: Iberley.